Buscan que parejas sean informadas sobre las capitulaciones matrimoniales antes de formalizar su unión.

Culiacán, Sinaloa. 14 Julio 2026.- Hoy se presentó para su primera lectura iniciativa presentada por los diputados Jesús Angélica Díaz Quiñónez y Víctor Antonio Corrales Burgueño, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Sinaloense de esta LXV Legislatura del H. Congreso del Estado de Sinaloa, que propone que las personas que celebren matrimonio, concubinato y/o sociedad de convivencia, sean informadas para que valoren la pertinencia de constituir capitulaciones matrimoniales.

Su principal objetivo es que dichas capitulaciones, se tendrán que acompañar al convenio relativo al régimen de bienes patrimoniales, de información relativa a las mismas se contendrá en el certificado de orientación prematrimonial, y constarán en los convenios obtenidos con la intervención de las personas facilitadoras antes descritas. Por otra parte, será obligatoria la celebración de las capitulaciones que nos ocupan, cuando se opte por contraer matrimonio bajo el régimen de separación de bienes de forma parcial, conforme lo establecido en el artículo 122 del Código Familiar.

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Para el Partido Sinaloense es importante recordar que el matrimonio genera consecuencias de carácter jurídico, económico y social, por lo que la ley establece regímenes patrimoniales a fin de lograr la satisfacción de los mínimos requerimientos económicos que produce; pero también prevé la celebración de capitulaciones matrimoniales, que facultan a los otorgantes para establecer por sí mismos las reglas que ajustadas a su realidad social y económica regulen sus bienes. Las capitulaciones matrimoniales son una especie de instrumento que permite a los otorgantes escoger un régimen patrimonial, configurar su contenido con base en la autonomía de la voluntad de las partes y a los fines propios de la pareja, lo cual hace relevante su análisis jurídico.

Esta propuesta tiene como objetivo evitar los problemas que enfrentan los cónyuges, entre ellos mismos y frente a terceros, se deben a la creencia de que contraer matrimonio y optar por un régimen patrimonial basta para regularlo, sin considerar que la decisión que tomarán implica someter su patrimonio a reglas que no bastan para la obtención de un fin específico, motivo por el cual la norma jurídica establece un medio utilizable por la población para alcanzar un objetivo económico dentro del matrimonio.

La introducción de los convenios provenientes de personas facilitadoras certificadas en las capitulaciones matrimoniales, es una opción más para las parejas sinaloenses en matrimonio o concubinato, pues les permitirá tener mayor acceso, agilización sin trámites burocráticos, fomentará la participación de la sociedad civil en recurrir a otros medios legales, y se beneficiarán con el auxilio de ellos logrando una comunicación constructiva que les permitirá negociar sus intereses y necesidades de manera satisfactoria y legal.

Por lo que de las consideraciones anteriormente expuestas, los Diputados del Grupo Parlamentario del Partido Sinaloense, presentamos esta iniciativa que reforma la fracción IV del artículo 52, los artículos 83, 85, 87 y 122; y se adiciona el párrafo segundo de la fracción IV del artículo 49 del Código Familiar del Estado de Sinaloa, para que las parejas que celebren matrimonio, concubinato y/o sociedad de convivencia, sean informadas para que valoren la pertinencia de constituir las capitulaciones matrimoniales, a través de personas facilitadoras certificadas.

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