Por Ericka Cerdas
El silencio que ha recorrido las calles de Caracas, no es el de la paz, sino el de la incertidumbre absoluta. La operación militar estadounidense y la captura de Nicolás Maduro ha colocado a Venezuela y al sistema internacional en un terreno jurídico y político inexplorado. Como analistas, no es celebrar ni condenar desde la emoción, sino desmenuzar las implicaciones de un evento que desafía las bases mismas de la administración pública y la soberanía.
Volviendo la teoría sobre soberanía
Desde las Relaciones Internacionales, lo ocurrido ayer nos obliga a revisar a Stephen Krasner y su concepto de “soberanía como hipocresía organizada”. Para Krasner, la soberanía nacional nunca ha sido un escudo impenetrable, sino un principio que las potencias vulneran cuando sus intereses de seguridad nacional o justicia transnacional están en juego.
La justificación de Washington, basada en cargos de narcoterrorismo, se enfrenta a la visión clásica de Hans Morgenthau. Si el realismo político dicta que el poder es la moneda de cambio, estamos ante la reafirmación de un orden unipolar que decide cuándo un Estado pierde su “derecho a la no intervención”. La gran pregunta para nuestra región es: ¿Sienta esto un precedente de “extracción judicial” que sustituye a la diplomacia tradicional?
Tutelaje de la nueva Venezuela

El vacío dejado por la cúpula chavista no está siendo llenado únicamente por mecanismos internos, sino por una imposición externa explícita. La figura de Marco Rubio emerge como el principal interventor y guía de la transición. Al liderar las conversaciones directas con la administración interina de Delcy Rodríguez, Rubio personifica lo que Robert Gilpin describe en su Teoría de la Estabilidad Hegemónica: la idea de que el orden internacional (o regional) solo es posible cuando una potencia dominante se otorga la “licencia” de proveer seguridad y reglas claras, asumiendo los costos y los beneficios de dicha intervención.
Esta licencia para poner orden” que se autoatribuye Estados Unidos me recuerda a Thomas Hobbes en Leviatán. Ante lo que Washington percibe como un “estado de naturaleza” criminal y caótico en Venezuela, justifica su acción como la creación de un poder soberano temporal que garantice la vida y la propiedad (especialmente la infraestructura petrolera). Sin embargo, este orden impuesto plantea un dilema weberiano: si el Estado es la entidad que ostenta el monopolio de la violencia legítima, ¿qué ocurre cuando esa legitimidad no emana del contrato social interno, sino de una supervisión extranjera?
¿Democracia Impuesta o Restauración Orgánica?
Finalmente, debemos hablar de la democracia. La literatura de Juan Linz sobre las transiciones nos advierte que los cambios de régimen bajo presión externa enfrentan una crisis de legitimidad de origen. Mientras Rubio asegura que Estados Unidos “gobernará” la transición hasta asegurar una estabilidad total, surge la tensión con los liderazgos locales. ¿Es posible construir una democracia funcional bajo un tutelaje que prioriza la seguridad nacional estadounidense sobre el ritmo orgánico de la política venezolana?
El 3 de enero será recordado como el día en que la teoría chocó con la fuerza. No estamos solo ante un cambio de nombres en el poder, sino ante un cambio de paradigma en el derecho internacional. La reconstrucción de Venezuela no dependerá de quién fue capturado ayer, sino de la capacidad de sus instituciones para sobrevivir al vacío y de su ciudadanía para reclamar un proceso que sea, por fin, soberano.





