Poesía y derecho.

Leticia Guadalupe Peraza VEga

Por Leticia Gpe. Peraza Vega

Jacob Grimm sostuvo que derecho y poesía habían “surgido del mismo lecho”. Existe una manera particularmente fértil de entender lo anterior: las leyes pueden ser llamadas metafóricamente “la poesía de los congresos” porque ambas son formas de creación lingüística que intentan convertir una visión del mundo en una realidad compartida. La diferencia crucial es que el poema crea principalmente una realidad simbólica, mientras que la ley crea una realidad institucional, normativa y coercible.

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El poeta transforma una experiencia humana en lenguaje, mientras que el legislador transforma una voluntad política en lenguaje normativo. De modo que, una experiencia humana se fija mediante palabras, por lo que las leyes constituirían una obra lingüística que pretende producir consecuencias en el mundo.

El poeta crea mundos mediante palabras, el legislador crea instituciones mediante palabras autorizadas. El legislador hace algo extraordinariamente parecido al poeta: selecciona palabras para condensar una visión del mundo.

Hay tanto en la poesía como en el derecho, un trabajo en la arquitectura acústica de los textos. Eberle y Grossfeld explican: «La ley antigua muchas veces tomó la forma de la poesía. Las leyes eran expresadas a manera de encantamiento. (…) La poesía puede actuar como una flauta mágica, infundiendo respeto y aceptación por medio del poder espiritual de la palabra». Hay una rítmica, que se repite y se sostiene, en los códigos: una cadencia particular que distingue a las normas. Esta operación no parece inocente, sino más bien un recurso más de los que contribuyen a la tarea de generar legitimidad. La ley se vuelve, así, una canción anestésica que produce obediencia.

“Me vence la palabra/ lo que ella expresa/ lo que nombra”, escribió el jurista Carlos Cossio en su libro de poesía Agua herrada. Derecho y poesía se encuentran entre veredas ya que los une el lenguaje. Liliana Díaz Mindurry, acerca del uso de la palabra en el derecho: “como si la palabra por sí misma/ diera existencia al pozo de las cosas/ a la Ley que ordena las cosas dentro del pozo/ o el pozo dentro de las cosas// entonces como si hubiera país/ en la noche del país/ la Ley abre la boca y dice en la boca de las pantallas/ dice/ no lo que está bien/ sino que está bien lo que ella dice/ porque lo que dice está bien porque lo dice”.

James Boyd White llegó a proponer que el derecho se entiende mejor si se lo contempla como una rama de la retórica, entendiendo la retórica no simplemente como manipulación sino como un arte fundamental mediante el cual las comunidades se constituyen, mantienen y transforman. Por otro lado, Juan Gelman asume que “el poeta organiza el caos con loca exactitud”, por lo que visto desde estas perspectivas podemos concluir en que tanto derecho como poesía puede persuadir, construir significados y orientar la acción humana.

Es así que, el Congreso no es únicamente una fábrica de normas, es también una fábrica de lenguaje político. Una sola palabra puede cambiar radicalmente el régimen jurídico, de manera que debemos recordar que la elección verbal produce consecuencias.

Por último, es preciso señalar que toda legislación presupone una imaginación política. Antes de existir una ley, alguien tiene que imaginar: “podríamos vivir de otra manera.” Ese es un acto imaginativo. La poesía imagina: “¿y si el mundo pudiera ser así?”.

Leticia Peraza Vega
Columnista
Leticia Vega Peraza es Maestra en en Derecho Constitucional y Amparo.

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