Por MTRA. LETICIA GPE. PERAZA VEGA
La soberanía no significa aislamiento. Una nación soberana puede comerciar, cooperar, recibir inversión y mantener alianzas. La soberanía significa que las decisiones fundamentales de la República son tomadas por instituciones mexicanas conforme al orden constitucional mexicano y no por poderes extranjeros.
Las amenazas a la soberanía ya no necesariamente llegan con un ejército, por lo que se ha planteado un análisis sobre la viabilidad de crear una Comisión Especial sobre Injerencia Extranjera y Defensa de la Soberanía Nacional.
¿Cómo protege una República su soberanía sin convertir la defensa de la soberanía en una herramienta de persecución política? Principalmente la Comisión tendría que investigar cuándo la influencia legítima cruza la frontera hacia una interferencia indebida, puesto que no toda influencia es injerencia. México recibe inversión extranjera; cooperación internacional; cooperación policial; organizaciones internacionales; empresas multinacionales; organismos financieros internacionales, etcétera y todo eso puede ser perfectamente legítimo.
Sin embargo, la existencia de financiamiento, contacto, cooperación o vínculo extranjero no constituye por sí misma evidencia de injerencia ilícita, por lo que la creación de esta Comisión, si no es mediante lineamientos específicos para el análisis de operaciones e impactos de cualquier injerencia extranjera que pueda afectar la soberanía, podría convertirse rápidamente en una cacería ideológica.
En ese sentido, una cosa es crear una Comisión parlamentaria para investigar la posible injerencia extranjera en asuntos de interés público, y otra muy distinta es pretender crear un órgano con facultades de Ministerio Público, juez o servicio de inteligencia.
Una opinión extranjera sobre México no es automáticamente una operación de influencia, la Comisión tendría que buscar coordinación, financiamiento, estructura, objetivos y mecanismos que pretendan vulnerar la soberanía nacional, pero ¿cómo definimos lo que es un ataque a la soberanía?, y además de eso,¿qué medios probatorios serán los idóneos para acreditar dicho ataque?. Todo esto debemos cuestionarnos antes de crear una Comisión de ese calibre.
Primeramente, la Comisión debe investigar si recursos provenientes del extranjero llegan, directa o indirectamente, a partidos, candidatos, campañas, organizaciones políticas, grupos de presión, consultoras u operadores políticos. Asimismo, se deberá examinar redes financieras y de influencia sin asumir que recibir dinero extranjero constituye una conducta ilícita, la pregunta sería: ¿qué recibe la organización, de quién, bajo qué condiciones y con qué objetivos?; y por último, analizar si existe o no, cabildeo extranjero, ¿quién intenta influir en legisladores, funcionarios, gobiernos estatales, municipios e instituciones autónomas?,¿quién paga?, ¿quién contrata?, ¿quién representa los intereses?…
México tiene derecho a conocer si una potencia extranjera intenta intervenir en sus asuntos internos, pero una comisión parlamentaria no debe transformarse en una agencia de inteligencia paralela. Eso sería un error jurídico e institucional. La Comisión debería trabajar principalmente mediante comparecencias, solicitudes de información, análisis documental, información pública, auditorías, cooperación con instituciones, análisis financiero, testimonios, informes, etcétera y cuando aparezca evidencia de la comisión de posibles delitos, debe canalizarla a las autoridades competentes, es decir, la Comisión investiga políticamente y parlamentariamente, no sentencia, no procesa, no condena.
En ese orden de ideas, la soberanía del siglo XXI también es financiera, tecnológica, informativa, energética y democrática, de manera que fantasear con la creación de una Comisión que busque la defensa de la misma se constituye como un acto profundamente patriótico y nacionalista.


